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¿Cómo reportar Incapacidades Médicas? Guía para empleados de Pasteur

  • Foto del escritor: Comunicaciones Pasteur
    Comunicaciones Pasteur
  • 5 feb
  • 3 Min. de lectura


Conocer el proceso de reporte de incapacidades médicas es clave para evitar inconvenientes. Aquí te explicamos qué es, el paso a paso, los requisitos y cómo se realizan los pagos.


Existen dos tipos de incapacidades: la de enfermedad general u origen común y la laboral emitida por algún evento relacionado con ARL.


¿Qué es una incapacidad médica de origen común?

Es el tiempo en que un empleado no puede trabajar por una enfermedad o accidente no laboral, certificado por un médico de la EPS y clasificado con un código CUPS que corresponde al caso del paciente; en este caso, al empleado.


Pasos para Reportar tu Incapacidad:


  • Reporta a tu jefe inmediato: informa la situación a tu jefe en cuanto decidas ir a la EPS.

  • Obtén el certificado médico: en tu cita, solicita la orden de incapacidad.

    Debe incluir:

    • Tu nombre completo e identificación.

    • Fechas exactas del periodo de incapacidad.

    • Código CUPS y datos del médico.

    • Formato oficial de tu EPS.

  • Notifica tu incapacidad a la empresa, siguiendo estos pasos:

    1. Envía una copia legible del certificado médico al correo de tu jefe inmediato, con copia a auxiliarnomina@pasteur.com.co

    2. Tu jefe inmediato debe notificar obligatoriamente tu incapacidad desde el correo corporativo al correo nomina@pasteur.com.co


Importante: es ideal realizar estas notificaciones dentro de las primeras horas después de la emisión del certificado médico y asegúrate de que, toda la información en el certificado digital sea completamente legible al enviarlo. Esto es fundamental para agilizar y facilitar el proceso.


Para proteger el medio ambiente, no es necesario traer el documento en formato físico.


  • Seguimiento y pago: en Pasteur, la validación de tu la incapacidad se realiza a través de los portales empresariales dispuestos por las EPS y el departamento de Nómina gestiona los pagos correspondientes. 


¿Cuánto te pagan por incapacidad?

En Colombia, el pago varía según la duración y el tipo de incapacidad:


  • Días 1 y 2: asumidos por el empleador, se paga el 66.67% del salario diario.

  • Días 3 al 90: la EPS cubre el 66.67% del salario diario (enfermedad común).

  • Días 91 al 180: la EPS cubre el 50% del salario diario.

  • Día 181 al 540: el fondo de pensiones cubre el 66.67% del salario diario. 

  • Accidente laboral o enfermedad profesional: la ARL paga el 100% del salario diario desde el primer día. 

  • Licencias de Maternidad y Paternidad: la EPS es la encargada de pagar el 100% del salario diario del trabajador durante el periodo de licencia.

    - Licencia de Maternidad: 126 días calendario.

    - Licencia de Paternidad: 14 días calendario.


    Rol de la Empresa: la empresa actúa como intermediario entre el trabajador y la EPS.  En el caso de incapacidades médicas que superen los dos días, la EPS es responsable del pago de la incapacidad a partir del tercer día.


    Ten en cuenta que: 

    • Es fundamental revisar el correo electrónico regularmente, ya que es el canal oficial de comunicación del Departamento de Nómina para solicitar cualquier información adicional que se requiera.

    • Las incapacidades que no se presenten con la papelería oficial para la validación ante la EPS no serán consideradas o reconocidas como válidas por la empresa.

    • Presentar documentación falsa implica el inicio de acciones legales, procesos disciplinarios y despidos con justa causa. 

    • Asistir al trabajo estando en periodo de incapacidad conlleva un proceso disciplinario, un riesgo para la salud del trabajador y sanciones al empleador. 


    Pagos a través de la Póliza Patronal: se trata del seguro de vida contratado por Pasteur para beneficiar a los empleados que lleven más de dos meses trabajando con nosotros. Para el año 2026 los beneficios son: 

    • Renta diaria por hospitalización: $260.000 a partir del 2 día hasta 365 días.

    • Renta diaria por hospitalización en UCI: $520.000 a partir del 2 día hasta 365 días.

    • Renta diaria post-hospitalización: $180.000 a partir del 2 día máximo 15 días.

    • Renta por maternidad (parto-cesárea): $260.000

    • Renta por cirugía ambulatoria: $180.000

    • Auxilio de maternidad/paternidad: $300.000


    Estos valores aplican a partir del 1 de noviembre de 2025. Para reclamar estos beneficios debes ponerte en contacto con nuestro asesor del corredor de seguros Marsh, al WhatsApp 3132885418 o por correo a karla.i.gomez@marsh.com


    Reportar correctamente tu incapacidad asegura tus pagos y evita problemas administrativos. En Pasteur, estamos para apoyarte.


 
 
 

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